25/05/2022

Petroleras en el mar: consulta temprana pero no tan temprana

Fuertes cuestionamientos a las consultas ciudadanas convocadas por autoridades ambientales del 5 al 18 de mayo, sobre el estudio de impacto ambiental de la exploración sísmica en el Atlántico Norte.


Santiago Cané, coordinador de asuntos legales de FARN [Descargar]

A pesar de estar pendiente de revisión en la Cámara Federal de Apelaciones el amparo contra el otorgamiento de licencias para iniciar la exploración sísmica en la costa atlántica norte a la empresa Equinor con la resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Gobierno dio a conocer a inicios de mayo un llamado a dos instancias de consulta pública “temprana”. Esto sucede de manera extemporánea e insuficientemente para intentar cumplir con lo que los mecanismos de participación que obliga la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y el Acuerdo de Escazú. 

La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) junto a la Asamblea por un Mar Libre de Petroleras, advierte que el proceso incumple con las directrices del Acuerdo de Escazú para la participación  y cuestionan la legitimidad de la consulta. En su comunicado “Consulta temprana, pero no tan temprana y otros problemas” (ver) se desglosa detalladamente la ilegitimidad de estas consultas.

En este marco, FARN se presentó como Amicus Curiae -Amigos del Tribunal- en la causa con el expediente (Expte. FMP 000105/2022) analizando otorgamiento de licencias con un Estudio de Impacto Ambiental que incumple los procedimientos legales.

Santiago Cané, coordinador de asuntos legales de FARN y firmante de la presentación como Amicus Curiae en la causa, advierte que en las condiciones en que se aprobaron los permisos a Equinor, no solo se incumplen las normas sino que tampoco garantizan el derecho a un ambiente sano, por lo que la exploración sísmica, hoy, “no se puede llevar adelante”.

Mientras se aguarda que la Justicia se expida sobre el caso, en su comunicado FARN asegura que “El respeto a la legislación vigente y la protección del ambiente imponen la confirmación de la nulidad de la Resolución 436/2021 por parte de la Cámara Federal de Mar del Plata.”


PROGRAMA: Panorama Sur

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